La mediación permite que dos o más partes intenten un acuerdo con ayuda de una persona neutral. Puede utilizarse en conflictos familiares, civiles, vecinales o empresariales cuando la materia sea disponible. No impone una decisión como hace un juez: si no existe voluntad de negociar, el procedimiento no fabrica un acuerdo.
Cuándo puede ser gratuita
La Comunitat Valenciana reconoce mediación gratuita a quienes tienen concedida justicia gratuita y a personas que acreditan insuficiencia de recursos conforme al procedimiento. La solicitud recoge ingresos, patrimonio y unidad familiar, salvo autorización para que la Administración consulte los datos. En derivaciones judiciales debe identificarse también el proceso y el conflicto.
La gratuidad no significa que cualquier disputa sea mediable. Quedan fuera materias sobre las que las partes no pueden disponer, situaciones que exigen protección urgente o casos en los que la ley obliga a otra intervención. En violencia de género existen prohibiciones y cautelas específicas.
Qué ocurre después
El Centro de Mediación revisa el derecho y contacta con las partes. Si aceptan, se designa una persona mediadora y se celebran sesiones confidenciales. Cada parte conserva la posibilidad de retirarse.
Un acuerdo puede elevarse a escritura pública o presentarse para homologación judicial cuando sea necesario, lo que refuerza su ejecución. Si no hay acuerdo, todavía pueden utilizarse las vías judiciales; lo hablado en mediación no debe convertirse libremente en prueba contra la otra parte.