La licencia para pescar desde la costa no sirve en un río, embalse, laguna o acequia. Esas aguas se consideran continentales y exigen una autorización autonómica diferente, incluso cuando sean salobres o estén próximas a la desembocadura.
La licencia recreativa continental cuesta 10,39 euros por un año o 29,10 euros por tres en 2026. Puede pedirse durante todo el año y, cuando el solicitante ya consta en el Registro de Cazadores y Pescadores, la vía telemática con pago permite obtenerla de forma inmediata.
Hay exenciones y una bonificación del 50%
No pagan la tasa los menores de 14 años, mayores de 67, perceptores de pensiones públicas por incapacidad permanente y miembros de familias numerosas o monoparentales de categoría especial. La categoría general de esas familias tiene una bonificación del 50%. La condición debe acreditarse cuando la Administración no pueda comprobarla.
Los menores de 18 años aportan identificación y autorización del representante legal. Para usar la expedición rápida por internet es necesario figurar previamente en el registro autonómico, por alta, licencia anterior u otra causa admitida.
La licencia general puede no ser el último permiso
Tener licencia no elimina vedas, tallas, cupos ni normas específicas. Determinados cotos, tramos o especies pueden exigir permiso adicional o estar sujetos a condiciones propias. Antes de desplazarse hay que consultar la regulación del lugar y la temporada.
Esta información deberá actualizarse si cambian las tasas, las exenciones, la orden de pesca o el sistema de expedición inmediata.
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Acceso oficial: Trámite oficial GVA 681 · Trámite oficial GVA 21572.