Los titulares de una vivienda de protección oficial en València pueden reducir a la mitad su cuota del IBI durante cinco periodos impositivos. El cómputo empieza después del año en que se otorgó la calificación definitiva, pero la aplicación del beneficio no es automática.
La persona propietaria debe pedirlo antes de que concluyan esos cinco años. La concesión surte efecto desde el periodo impositivo siguiente al de la solicitud y solo durante el tiempo que reste: solicitarla tarde no recupera las anualidades anteriores.
La bonificación se limita a la vivienda
El beneficio cubre las VPO y las viviendas equiparadas por la normativa valenciana. No se extiende a garajes ni trasteros, aunque estén vinculados al inmueble. Tampoco puede acumularse con la bonificación municipal por familia numerosa.
Sí es compatible, según el trámite municipal, con los beneficios previstos para empresas de urbanización, construcción y promoción inmobiliaria y para cooperativas agrarias, cuando se cumplan sus condiciones.
La calificación definitiva marca el calendario
La solicitud incorpora la referencia catastral y la cédula de calificación definitiva, o una escritura pública donde conste. Si quien presenta no es el obligado al pago, debe acreditar poder, autorización o titularidad. Una devolución requiere además una cuenta bancaria.
Puede presentarse en la sede electrónica, en la Oficina de Gestión Tributaria o mediante registro municipal. El plazo municipal de resolución llega hasta seis meses y el silencio es desestimatorio. Un cambio en la ordenanza, la duración o la compatibilidad con otras bonificaciones exigirá actualizar la información.