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Alicante mantiene la ayuda de 300 euros por nacimiento o adopción: el plazo es de tres meses

La convocatoria de 2026 exige cuatro años seguidos de padrón para la persona solicitante y atiende los expedientes por orden de entrada hasta agotar el presupuesto.

20 Oct 2026 2 min de lectura
Patucos de bebé, juguete y solicitud sin datos sobre una mesa

Las familias de Alicante que tengan o adopten un hijo durante 2026 pueden solicitar una ayuda municipal de pago único de 300 euros. En partos o adopciones múltiples se abonan 300 euros por cada menor, pero hay que presentar una solicitud separada para cada uno.

El Ayuntamiento ha aprobado una resolución provisional para pagar 149.100 euros a 497 familias con solicitudes válidas de 2025 que habían quedado pendientes. El resto de la dotación de 200.000 euros se destina a expedientes de 2026 por orden de entrada; los que cumplan los requisitos y no entren en el crédito tendrán prioridad en 2027.

Cuatro años de padrón y el recién nacido en el mismo domicilio

Puede pedirla una persona mayor de edad o emancipada, española o extranjera con residencia legal. Debe llevar al menos cuatro años ininterrumpidos empadronada en Alicante justo antes de solicitarla. El menor tiene que inscribirse por primera vez en el padrón municipal y en el domicilio de quien solicita.

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También se exige estar al corriente con la Agencia Tributaria, la Seguridad Social y el propio Ayuntamiento, además de disponer de una cuenta bancaria. Matrimonios, parejas de hecho y familias monoparentales entran en la convocatoria; quedan fuera los progenitores privados de la patria potestad o cuando la tutela corresponde a una institución pública.

El reloj empieza al día siguiente del nacimiento o la adopción

El plazo general es de tres meses desde el día siguiente al nacimiento o a la adopción. La solicitud puede tramitarse en la sede electrónica con certificado digital o presencialmente, con cita previa, en oficinas de atención ciudadana y registros auxiliares de Bienestar Social.

El expediente incorpora identificación o permiso de residencia vigente, certificado de nacimiento o resolución de adopción y certificado de estar al corriente con Hacienda. Si no se autoriza la consulta de datos, se añaden los certificados de padrón, Seguridad Social y tributos municipales. La disponibilidad presupuestaria y una futura convocatoria de 2027 determinarán cuándo habrá que actualizar esta pieza.

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Equipo editorial de València Informada. Publicado el 20/10/2026 y actualizado el 20/10/2026.

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