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El voto por correo del 29N entra en su fase decisiva: estas son las fechas que no se pueden dejar pasar

La documentación empezará a salir el 9 de noviembre. Pedir el voto impide después acudir a la mesa y el sobre deberá entregarse en una oficina antes del día 25.

6 Nov 2026 3 min de lectura
Ilustración editorial de una mano depositando un sobre junto a un calendario con el día 29

Quien sepa que no podrá acudir a su colegio electoral el domingo 29 de noviembre todavía puede pedir el voto por correo, pero el margen empieza a estrecharse. La solicitud estará abierta hasta el jueves 19 y la documentación comenzará a enviarse el lunes 9, según el calendario de la Oficina del Censo Electoral. El voto ya preparado tendrá que entregarse en una oficina postal como máximo el miércoles 25.

Esas fechas afectan también a los electores de la Comunitat Valenciana, donde las tres provincias elegirán en conjunto 33 diputados: 16 por Valencia, 12 por Alicante y cinco por Castellón. El decreto de convocatoria fija además cuatro senadores de elección directa por cada provincia. La campaña arrancará el 13 de noviembre, cuando el procedimiento postal ya llevará varios días en marcha.

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La dirección de entrega puede elegirse

La petición puede hacerse presencialmente en cualquier oficina de Correos o por internet. En ventanilla hay que identificarse con el DNI, el pasaporte o el permiso de conducir originales. Correos ofrece cita previa, aunque no es obligatoria. Para tramitarla por la web se necesita DNI electrónico o un certificado digital admitido y se evita el desplazamiento inicial.

Al solicitar el voto se puede indicar una dirección distinta de la habitual. Es un dato útil para quien vaya a pasar estas semanas en otra localidad de la Comunitat o en cualquier punto de España. La Oficina del Censo Electoral enviará allí, por correo certificado, el certificado de inscripción, las papeletas, los sobres y las instrucciones. El calendario oficial sitúa esos envíos entre el 9 y el 22 de noviembre.

La entrega es personal. Si el destinatario no está en casa, tendrá que recoger la documentación en la oficina indicada en el aviso. Una vez recibida, debe introducir la papeleta elegida en el sobre de votación y cerrar este; después se coloca junto al certificado censal en el sobre dirigido a la mesa electoral.

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Pedirlo cambia la forma de votar

La decisión tiene una consecuencia que suele generar dudas: una vez aceptada la solicitud, el elector ya no podrá votar presencialmente en su mesa el 29N, aunque finalmente no llegue a depositar el sobre en Correos. La anotación queda incorporada al censo para impedir que una misma persona vote por dos vías.

El último paso tampoco consiste en echar el sobre a un buzón. Correos exige entregarlo en una oficina y, para estas elecciones, pide que lo haga el propio elector. Si no puede acudir, podrá autorizar a otra persona mediante el modelo facilitado por la empresa postal; el representante deberá llevar la autorización, una fotocopia del documento del elector y su propia identificación.

El plazo oficial termina el 25 de noviembre dentro del horario de cada oficina. Correos custodiará los envíos y los trasladará a las mesas el día de la votación. Quedan fuera de este calendario quienes residan permanentemente en el extranjero o se encuentren temporalmente fuera de España: sus procedimientos y plazos son distintos y la mayor parte de las solicitudes ya cerraron en octubre.

La próxima referencia será el 9 de noviembre, cuando comienza la remisión de la documentación. Si el sobre no llega tras los primeros días del periodo previsto, la consulta debe dirigirse a la delegación provincial de la Oficina del Censo Electoral correspondiente.

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Equipo editorial de València Informada. Publicado el 6/11/2026 y actualizado el 6/11/2026.

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