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Alicante exime del impuesto de circulación un vehículo de uso exclusivo para una persona con discapacidad

El beneficio es total desde un grado reconocido del 33%, pero debe solicitarse expresamente y no puede aplicarse a dos vehículos simultáneos.

20 Oct 2026 2 min de lectura
Llaves, papeles sin datos y carpeta con símbolo de accesibilidad

Un vehículo matriculado a nombre de una persona con discapacidad puede quedar completamente exento del impuesto de circulación en Alicante cuando se destina a su uso exclusivo. La regla cubre tanto los coches conducidos por la propia persona como los utilizados para transportarla.

A efectos fiscales se exige un grado reconocido igual o superior al 33%. También están exentos los vehículos definidos reglamentariamente para personas con movilidad reducida. El beneficio se mantiene mientras continúen las circunstancias que justificaron su concesión.

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La exención no pasa automáticamente de un coche a otro

El mismo beneficiario no puede disfrutar de la exención en más de un vehículo de manera simultánea. Si cambia de coche, debe regularizar el anterior y pedir el beneficio para la nueva matrícula; no basta con conservar una resolución antigua.

Es un beneficio rogado: el Ayuntamiento no lo aplica solo por conocer el grado de discapacidad. La solicitud puede presentarse electrónicamente con certificado digital o presencialmente en el Registro General.

El certificado y el permiso de circulación son las pruebas centrales

El expediente requiere la resolución o certificado del IMSERSO o del órgano autonómico competente en el que conste el grado, además de copia del permiso de circulación. La titularidad del vehículo y su destino exclusivo deben mantenerse.

La información deberá actualizarse si Alicante cambia el formulario, los efectos temporales de la solicitud o la documentación exigida.

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Acceso oficial: Abrir el trámite oficial.

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Equipo editorial de València Informada. Publicado el 20/10/2026 y actualizado el 20/10/2026.

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