La pensión no contributiva de jubilación o incapacidad tiene en 2026 una cuantía íntegra de 628,80 euros al mes en catorce pagas, 8.803,20 euros al año. Esa cifra no es un pago uniforme: el importe individual baja cuando existen determinados ingresos propios, otras rentas en la unidad familiar o más de una persona beneficiaria en el mismo hogar.
La Generalitat, que tramita estas pensiones en la Comunitat Valenciana, fija también un mínimo del 25%: 157,20 euros mensuales. Cuando conviven dos beneficiarios, la cuantía íntegra de cada uno es de 534,48 euros al mes; con tres, de 503,04. El cálculo definitivo solo puede hacerse con la composición y los recursos reales del hogar.
Dos pensiones con requisitos distintos
La modalidad de jubilación exige tener 65 años o más y haber residido legalmente en España durante diez años entre los 16 años y la solicitud, con los dos últimos consecutivos e inmediatamente anteriores. La de incapacidad se dirige a personas de 18 a 64 años, requiere cinco años de residencia —también con los dos últimos consecutivos— y un grado de discapacidad igual o superior al 65%.
En ambos casos los ingresos personales de 2026 deben ser inferiores a 8.803,20 euros. Si se convive con cónyuge o familiares hasta segundo grado, se analiza además la unidad económica. Para dos convivientes el límite general es 14.965,44 euros; si uno es padre, madre, hijo o hija de la persona solicitante, asciende a 37.413,60. Compartir domicilio con alguien sin matrimonio ni ese parentesco no incorpora por sí solo sus rentas al cálculo.
La cantidad puede cambiar después de la concesión
El resumen oficial del Imserso explica que los ingresos personales superiores al 35% de la pensión anual —3.081,12 euros en 2026— reducen la prestación en el exceso, sin bajar del mínimo legal cuando se mantiene el derecho. En la incapacidad, un grado de al menos el 75% y la necesidad acreditada de ayuda para los actos esenciales añaden un complemento anual de 4.401,60 euros; la cuantía íntegra más ese complemento llega a 943,20 euros al mes.
La solicitud puede presentarse en la sede electrónica de la Generalitat o mediante los registros admitidos, y se dirige a la Dirección Territorial de Servicios Sociales de Alicante, Castellón o Valencia. El plazo máximo de resolución publicado es de 90 días hábiles. En una petición por incapacidad se aporta la resolución del grado de discapacidad o el justificante de haberla solicitado.
Treinta días para comunicar cambios
La concesión no cierra la comprobación de rentas. La persona pensionista debe comunicar en 30 días las variaciones de convivencia, estado civil, residencia o recursos propios y familiares que puedan afectar al derecho o a la cuantía. Cuando el órgano gestor lo requiera, la declaración anual de ingresos se presenta durante el primer trimestre.
Las cifras proceden de la ficha autonómica de la PNC y de la guía de cálculo del Imserso para 2026. Esta información necesitará una actualización cuando se aprueben las cuantías y límites de 2027 o cambien los formularios, las incompatibilidades o la obligación de declarar ingresos.