Un total de 176 jóvenes que solicitaron la ayuda municipal al alquiler de Alicante tienen hasta el 10 de septiembre para corregir su expediente. El Ayuntamiento ha publicado un listado individualizado que indica qué documento falta o qué dato debe aclararse en cada caso. La aportación solo puede hacerse por internet, en el trámite específico del Departamento de Juventud, y requiere identificación electrónica.
No se trata de volver a presentar la solicitud. Quien figure como «debe subsanar» necesita localizar su registro en el anuncio oficial y responder exactamente a la observación asociada. Entre las incidencias que aparecen de forma repetida en las 35 páginas del documento están la falta del IRPF de 2025 de personas mayores de 16 años incluidas en la hoja padronal, contratos sin firma, recibos sin detalle suficiente del ordenante, beneficiario o concepto y discrepancias entre la persona solicitante y quien paga el alquiler.
El anuncio fue publicado el 27 de agosto y la ficha municipal fija la ventana electrónica del 28 de agosto al 10 de septiembre. Aunque el tablón mantiene el edicto expuesto hasta el día 11, el plazo operativo que figura en el trámite termina el 10. Esa es la fecha que debe tomarse para enviar la documentación, sin esperar al final de la exposición pública.
Corregir no equivale todavía a obtener la ayuda
La convocatoria recibió 500 solicitudes, un 300% más que la anterior según el balance del Ayuntamiento. De ellas, 81 aparecen admitidas, 176 pendientes de subsanación y 243 excluidas. El presupuesto asciende a 248.000 euros y la ayuda puede llegar a 400 euros mensuales, con un máximo anual de 4.800 euros.
Presentar lo requerido dentro de plazo evita que el expediente decaiga por falta de documentación, pero no garantiza la concesión. Cuando termine la subsanación, Juventud rehacerá el listado, aplicará los criterios de valoración de las bases y formulará una propuesta dentro del crédito disponible. También revisará los recibos ya aportados de enero a junio y la previsión de gasto hasta el 31 de diciembre.
Las 243 exclusiones responden a incumplimientos que el listado también identifica: aparecen, entre otros motivos, alquileres de habitaciones, viviendas fuera del término de Alicante, contratos inferiores a un año, solicitudes fuera del rango de edad, rentas superiores al límite o alquileres mensuales por encima del máximo. Una exclusión y un requerimiento de subsanación no son la misma situación; antes de enviar documentos, hay que comprobar el estado exacto que acompaña al número de registro.
El trámite enlazado por el Ayuntamiento redirige al sistema de identificación Cl@ve. La referencia que decidirá el siguiente paso será el nuevo listado que publique Juventud después del 10 de septiembre: hasta entonces no hay resolución definitiva ni orden de pago.