Elegir otro médico de familia, pediatra o centro de salud no requiere el mismo trámite que pedir atención en otro hospital o con un especialista concreto. La sanidad valenciana mantiene dos procedimientos abiertos todo el año, ambos para personas con derecho a asistencia sanitaria pública y tarjeta SIP, pero con límites, documentos y órganos de decisión diferentes.
En primaria se elige dentro del departamento asignado
La solicitud de atención primaria permite escoger profesional de medicina de familia, pediatría o centro. Como regla general, la elección se ejerce dentro del departamento de salud que corresponde a la persona. Salir de ese departamento es excepcional y exige encajar en alguno de los supuestos del Decreto 74/2015 y justificarlo, por ejemplo cuando el motivo alegado es la proximidad al lugar de trabajo.
El impreso se dirige a la jefatura de zona básica del centro elegido. Puede presentarse preferentemente en ese centro o en un Servicio de Atención e Información al Paciente, además de la sede electrónica y los registros admitidos. Para un menor o una persona representada deben aportarse los documentos que acrediten la relación; si presenta otra persona, se utiliza la delegación correspondiente.
El profesional elegido emite un informe preceptivo, aunque no vinculante. La resolución debe llegar en un máximo de 15 días hábiles desde la entrada en el órgano competente. Si se acepta, la nueva asignación se actualiza en el SIP; si se deniega, la causa debe constar por escrito.
Para especializada hace falta una indicación clínica
La libre elección especializada permite solicitar un facultativo o servicio de cualquiera de los departamentos del Sistema Valenciano de Salud. No sustituye la derivación: el médico de primaria, pediatra o especialista público debe haber indicado la necesidad de esa atención. El informe que lo acredita acompaña a la solicitud; para un simple cambio en primaria no se exige ese informe clínico.
La petición se presenta preferentemente en el SAIP del departamento donde trabaja el especialista o está el servicio elegido, también por registro o por la sede GVA. La elección cubre el proceso asistencial que la motivó hasta el alta o el desistimiento. Si durante ese proceso el especialista pide interconsultas, no hay que registrar una nueva libre elección para cada profesional.
La libre elección no garantiza la plaza
Sanidad puede denegar la petición cuando el profesional supera la población asignada o el servicio tiene una lista de espera que comprometería la calidad, cuando no se cumplen los supuestos aplicables o cuando existe una razón motivada relacionada con la relación asistencial. En especializada, la administración dispone de un mes para comunicar la resolución.
Después de un cambio no puede pedirse otro en la misma especialidad hasta que pasen seis meses. Por eso es útil comprobar antes el centro exacto, el profesional o servicio, el departamento al que pertenece y si acepta la prestación buscada. La solicitud no adelanta una cita ni reduce por sí sola la espera: cambia la adscripción o el lugar de atención si la resolución resulta favorable.