Una persona con discapacidad reconocida no tiene por qué llevar la resolución administrativa completa cada vez que necesita acreditar su situación. La tarjeta expedida por la Generalitat cumple esa función cuando se presenta junto al DNI, pero no concede por sí misma un grado ni reemplaza el procedimiento de valoración.
Pueden solicitarla quienes residan en la Comunitat Valenciana y tengan reconocido un grado igual o superior al 33 %. También pueden hacerlo pensionistas con incapacidad permanente total, absoluta o gran incapacidad y personas jubiladas o retiradas por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad. La persona interesada, su representante legal o quien ejerza la guarda de hecho pueden presentar la petición.
La solicitud permanece abierta todo el año
El trámite no está sujeto a una convocatoria anual. Se presenta mediante el formulario de la Generalitat, por vía telemática o en registros y oficinas habilitadas. Si no se autoriza la consulta de datos, pueden pedir DNI, certificado o volante de empadronamiento y, en el caso de pensionistas, la resolución del INSS o del organismo competente.
Una solicitud incompleta abre un plazo de diez días para subsanar. La ficha oficial fija un máximo de seis meses para expedir la tarjeta y señala que se remite al domicilio indicado para las notificaciones. La espera no altera la validez de la resolución que ya reconoce el grado.
Cuándo hay que pedir otra tarjeta
La vigencia queda vinculada a la resolución de discapacidad o a la pensión que permite obtenerla. Un cambio de datos personales o de grado, la pérdida, el robo o el deterioro obligan a solicitar una reexpedición. Cuando el motivo sea una modificación de datos o porcentaje, debe entregarse la tarjeta anterior.
La normativa estatal establece un formato común y validez en todo el territorio para las tarjetas acreditativas emitidas conforme al procedimiento vigente. Aun así, cada ayuda, descuento o servicio conserva sus propios requisitos: enseñar la tarjeta demuestra la condición reconocida, pero no convierte automáticamente a su titular en beneficiario de cualquier prestación.
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Acceso oficial: Abrir el trámite oficial.