Obtener la licencia autonómica no autoriza por sí solo a cazar en cualquier monte de la Comunitat Valenciana. El documento acredita la habilitación administrativa, pero hacen falta además el seguro obligatorio cuando corresponda, permiso para el terreno, respeto al periodo hábil y el resto de documentación exigible.
La solicitud está abierta todo el año. La licencia tipo A cubre la caza con arco, armas de fuego y modalidades asimiladas e incluye la caza sin armas; la B es solo para modalidades sin armas y la C corresponde a rehalas o jaurías destinadas a caza mayor.
El alta previa decide si puede emitirse por internet
Para obtenerla en línea sin certificado es necesario constar en el Registro de Cazadores y Pescadores valenciano por un alta previa, por haber tenido licencia o por haber superado el curso de habilitación. Quien solicita por primera vez debe comprobar antes si está incorporado al registro y si necesita acreditar la prueba de aptitud.
Las licencias A y B cuestan 5 euros por un año o 37,10 por tres en 2026. La C cuesta 23,09 euros por un año y 64,66 por tres. Las personas mayores de 67 años y otros colectivos previstos están exentos de la tasa A o B, pero la exención no elimina la obligación de obtener el documento.
Seguro, armas y terreno siguen su propio régimen
Cuando se utilizan armas, la licencia de caza no sustituye la licencia de armas ni su guía. El seguro de responsabilidad civil del cazador es obligatorio en los supuestos legales. También se necesita autorización del titular del coto o del aprovechamiento y comprobar las reglas de la temporada y modalidad.
Los menores deben presentar DNI y autorización de su representante legal. Esta pieza deberá revisarse cuando cambien las tasas, la orden anual de vedas, la prueba de aptitud o los requisitos del registro.
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Acceso oficial: Trámite oficial GVA 680 · Trámite oficial GVA 19468.