El documento de voluntades anticipadas no exige estar enfermo ni haber recibido un diagnóstico. Cualquier persona mayor de edad —o menor emancipada— con capacidad suficiente puede dejar por escrito qué cuidados y tratamientos desea aceptar o rechazar si en el futuro no puede expresar su voluntad.
En la Comunitat Valenciana también permite designar a una persona representante para hablar con el equipo sanitario, decidir sobre la donación de órganos y tejidos e incluir una petición de ayuda para morir, siempre dentro de los requisitos de la ley de eutanasia. Mientras la persona conserve la capacidad, prevalece lo que manifieste en ese momento sobre lo escrito anteriormente.
Dos testigos, notario o firma electrónica
El documento puede formalizarse ante dos testigos o ante notario. Los testigos deben ser mayores de edad y tener plena capacidad; al menos uno no puede estar unido al otorgante por matrimonio o pareja de hecho, parentesco hasta segundo grado ni vínculos patrimoniales. El representante, si se nombra, tampoco puede ser testigo, personal del registro, el sanitario responsable de aplicar el documento ni, en la sanidad privada, personal vinculado a la aseguradora.
La inscripción presencial se realiza en el Servicio de Atención e Información al Paciente (SAIP) del departamento de salud. Se acredita la identidad de otorgante, testigos y representante y se aporta la tarjeta SIP; si se usa el modelo oficial, esos datos ya están integrados. Ante notario, es la notaría quien remite el documento a los registros autonómico y estatal.
La vía telemática exige certificado digital de todas las personas que firman. No sirven firmas manuscritas escaneadas: otorgante, testigos y representante deben firmar electrónicamente el mismo archivo. Tras la revisión del SAIP, la confirmación y el número de registro llegan a la carpeta ciudadana.
Inscribirlo evita que quede guardado solo en casa
La inscripción conecta el documento con el Registro Centralizado de Voluntades Anticipadas y con el Registro Nacional de Instrucciones Previas, lo que permite su consulta sanitaria cuando resulte necesario. Las instrucciones no se aplican si contradicen la ley, la buena práctica clínica o una situación distinta de la prevista.
El documento puede modificarse, sustituirse o revocarse en cualquier momento mientras la persona pueda decidir libremente. El trámite permanece abierto todo el año. Esta información deberá actualizarse si Sanidad cambia los requisitos de firma, los puntos SAIP o el modelo oficial.
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Acceso oficial: Abrir el trámite oficial.