El Pleno del Consell ha dado luz verde a dos decretos urgentes que suman 20 millones de euros para hacer frente a los estragos de la dana Adam, que golpeó la Comunitat Valenciana el pasado 18 y 19 de octubre. Estas medidas se centran en dos frentes: la reactivación económica de los negocios y la compensación por la pérdida de vehículos.
La primera línea de ayuda, dotada con 10 millones de euros, busca mantener la actividad de comercios, establecimientos turísticos, empresas agrarias e industriales. El reparto de fondos se distribuye así: 2,5 millones para el comercio minorista, 1 millón para el sector turístico, 6 millones para las empresas agrarias y 500.000 euros para la industria. Cada empresa afectada recibirá una subvención fija de 10.000 euros, sin necesidad de realizar una valoración individualizada de los daños. Para acceder a esta ayuda, los titulares de negocios en los municipios incluidos en el decreto deben acreditar daños materiales en sus locales, instalaciones, equipamientos o mercancías, o una interrupción efectiva de su actividad causada directamente por las inundaciones.
La segunda línea de decretos, también con una dotación de 10 millones de euros, se dirige a personas físicas y jurídicas cuyos vehículos hayan sido declarados siniestro total como consecuencia directa del temporal. Estas subvenciones cubren tanto vehículos de uso particular como agrícolas y vinculados a actividades económicas. Cada solicitante podrá obtener una ayuda por cada vehículo siniestrado que cumpla los requisitos, sin poder concederse más de una subvención por un mismo vehículo. Las cuantías oscilan entre los 200 y los 15.000 euros, dependiendo de la tipología del vehículo. Para turismos, la ayuda máxima es de 2.000 euros, que se eleva a 2.500 euros para vehículos adaptados a personas con movilidad reducida. Para furgones, la cuantía llega hasta 5.000 euros; para camiones, las ayudas alcanzan los 9.000 euros, mientras que para autobuses y autocares pueden llegar a los 15.000 euros. Asimismo, se contemplan ayudas para otro tipo de vehículos como ciclomotores, autocaravanas o remolques, entre otros.
Estas ayudas serán compatibles con otras subvenciones e indemnizaciones, siempre que la suma de las cantidades percibidas no supere el coste del daño o gasto declarado.
El plazo de presentación de solicitudes para ambas líneas de ayudas comenzará el 2 de noviembre de 2026 y finalizará el 1 de febrero de 2027. En el caso de los establecimientos comerciales y turísticos, las solicitudes deberán presentarse exclusivamente por vía telemática a través de la sede electrónica de la Generalitat. Para las ayudas por pérdida de vehículos, las personas jurídicas deberán realizar la tramitación electrónicamente, mientras que las personas físicas podrán optar por la presentación telemática o presencial en las oficinas PROP, los registros de los ayuntamientos afectados y los demás lugares legalmente habilitados.