El regreso del periodo comprendido entre el 16 de octubre y el 31 de mayo no convierte las quemas agrícolas en una actividad libre. En terrenos forestales y en su zona de influencia, presentar una declaración responsable es solo una de las condiciones: antes de encender el fuego hay que comprobar el nivel diario de preemergencia, las restricciones municipales y las reglas del plan local de quemas.
La declaración se reserva a pequeñas y microexplotaciones
El trámite GVA 94805 sustituye la autorización por una declaración responsable para pequeñas y microexplotaciones que quemen márgenes o residuos vegetales agrarios dentro de la zona de influencia forestal durante ese periodo. La declaración habilita desde el día de presentación y tiene una validez máxima de un año, siempre que se respeten el Reglamento forestal, sus anexos y las condiciones locales.
No es válida entre el 1 de junio y el 15 de octubre. Tampoco ampara cualquier residuo, una parcela distinta sin comprobar su régimen o el incumplimiento de horarios y distancias. El ayuntamiento puede disponer de un plan local más restrictivo y señalar días, sectores, franjas horarias o un trámite municipal adicional.
Una explotación mediana o grande necesita resolución expresa
Las explotaciones con 50 o más empleados o un volumen anual de negocio igual o superior a diez millones de euros no entran en esa vía simplificada. Deben pedir la autorización excepcional GVA 22978 y acreditar un motivo fitosanitario que no pueda resolverse de otra forma o una razón de prevención de incendios. El cultivo debe figurar entre los admitidos y la administración exige justificar que no resulta viable triturar, incorporar al suelo o entregar los restos a un gestor.
Presentar esa solicitud no equivale a tener permiso. La quema solo puede realizarse cuando llegue una resolución favorable y bajo sus condiciones particulares. Como regla general, tampoco se autorizan estas quemas en zona de influencia forestal entre el 1 de junio y el 15 de octubre, y las autorizaciones se suspenden desde Jueves Santo hasta once días naturales después.
El nivel de riesgo se consulta el mismo día
Incluso con declaración o autorización vigente, el fuego no debe iniciarse si la preemergencia y las condiciones aplicables no lo permiten. El nivel oficial se publica diariamente por zonas en el 112 Comunitat Valenciana. El nivel 1 no elimina la obligación de detenerse si aparece viento, cambia el comportamiento del fuego o no pueden mantenerse las medidas de vigilancia y extinción.
Antes de acudir a la parcela conviene identificar si está en zona de influencia forestal, consultar el plan de quemas del municipio y llevar el justificante del trámite que corresponda. Las podas, plásticos, envases y otros residuos no pueden mezclarse: la excepción se refiere a residuos vegetales agrarios. Ante una duda sobre parcela, tamaño de explotación o tratamiento fitosanitario, la respuesta debe obtenerse del ayuntamiento o del servicio territorial antes de quemar, no después de una inspección.