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La tarjeta de movilidad reducida se pide al ayuntamiento y no queda vinculada a un solo coche

El distintivo es personal, sirve cuando su titular conduce o viaja en el vehículo y no autoriza a aparcar en vados, pasos peatonales ni salidas de emergencia.

14 Oct 2026 3 min de lectura
Ilustración editorial de una tarjeta azul genérica de accesibilidad, unas llaves y una plaza reservada
  1. El ayuntamiento concede; el registro autonómico evita duplicidades
  2. Lo que permite y lo que sigue prohibido
  3. La renovación no debe dejar un vacío si se pide a tiempo

La tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida no se tramita directamente ante la Generalitat ni pertenece a un coche concreto. La solicitud se presenta en el ayuntamiento de residencia y el distintivo acompaña a su titular: puede utilizarse cuando conduce o cuando otra persona la transporta.

Tampoco basta con tener reconocido cualquier grado de discapacidad. La normativa valenciana exige un dictamen oficial de movilidad reducida o, en determinados casos, una discapacidad visual grave: agudeza igual o inferior a 0,1 con corrección en el mejor ojo o un campo visual de diez grados o menos.

El ayuntamiento concede; el registro autonómico evita duplicidades

La persona interesada inicia el expediente municipal con la documentación prevista por su ayuntamiento. Antes de expedirla, la entidad local solicita a la Generalitat un número en el Registro Autonómico de Tarjetas de Estacionamiento. Ese paso lo realiza el ayuntamiento, no el ciudadano, y permite comprobar que no exista otra tarjeta vigente a nombre de la misma persona.

Hay tarjetas ordinarias, provisionales y para vehículos dedicados al transporte colectivo de personas con discapacidad. Solo estas últimas quedan vinculadas a una matrícula. En la tarjeta individual, el vehículo puede cambiar siempre que la persona titular viaje realmente en él.

El original debe colocarse visible y legible desde el exterior. Una fotocopia o una fotografía en el móvil no sustituye al documento. Los agentes pueden pedir a la persona titular que acredite su identidad.

Lo que permite y lo que sigue prohibido

La tarjeta da acceso a las plazas reservadas y es válida en todo el territorio español. También permite estacionar en zonas de tiempo limitado durante el tiempo necesario, parar o estacionar en carga y descarga bajo las condiciones municipales, acceder a áreas restringidas a residentes cuando el destino esté dentro y solicitar una reserva próxima al domicilio o al trabajo si se justifica la necesidad.

Esos derechos no eliminan las reglas de seguridad. La tarjeta nunca autoriza a ocupar pasos peatonales, zonas peatonales, vados, salidas de emergencia, espacios acotados por seguridad ni lugares donde esté prohibido parar. Tampoco permite dejar el coche obstruyendo el tráfico. Las ordenanzas locales pueden concretar horarios, zonas reguladas y condiciones de carga y descarga, por lo que conviene consultar el municipio cuando se viaja.

La renovación no debe dejar un vacío si se pide a tiempo

La normativa valenciana recomienda presentar la renovación durante los tres meses anteriores a la caducidad. Si se solicita en plazo, la validez de la tarjeta anterior se mantiene hasta que se resuelva el procedimiento. También subsiste durante la tramitación cuando la renovación se pide dentro de los noventa días naturales posteriores al vencimiento, siempre que se conserven los requisitos.

En caso de robo hay que aportar la denuncia; por deterioro se entrega el documento dañado. Cuando se emite la nueva tarjeta, la antigua debe depositarse en el ayuntamiento.

La pieza deberá revisarse si cambian el decreto autonómico, los criterios de valoración, el registro o las condiciones municipales de uso.

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Equipo editorial de València Informada. Publicado el 14/10/2026 y actualizado el 14/10/2026.

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